En esta ocasión, estos eventos festivos podrán celebrarse entre el 27 de noviembre y el 24 de diciembre y en horario de 14.00 a 00.00 horas.
Para ello, los organizadores tendrán que solicitar la correspondiente autorización de actividad extraordinaria a través de la ventanilla virtual.
El alcalde de Chiclana, José María Román, ha vuelto a firmar este año el bando de Zambombas Navideñas, con la intención de continuar regulando estas iniciativas en los establecimientos de la ciudad, en virtud de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, así como el Decreto 195/2007, de 26 de junio, por el que se establecen las condiciones generales para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario.
De esta forma, hay que resaltar que las Zambombas se podrán celebrar en Chiclana entre el 27 de noviembre y el 24 de diciembre. Para ello, los organizadores tendrán que solicitar la correspondiente autorización de actividad extraordinaria a través de la ventanilla virtual, al menos, 10 días hábiles antes de la celebración del evento en establecimientos y 15 días hábiles para las celebraciones en la vía pública, en caso de celebrarse en calles y plazas de la localidad.
No obstante, los establecimientos que cuenten con licencia municipal para establecimientos de ocio y esparcimiento, así como para establecimientos de hostelería con música (sala de fiestas, salón de celebraciones, discotecas, pub o bar con música) no tienen la obligación de solicitar dicha autorización extraordinaria, al igual que sucede con las celebraciones de índole privado o familiar, aunque en este caso los recintos sí deben reunir las condiciones de seguridad exigidos por Ley.