viernes, noviembre 22, 2024
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Abierto el plazo para solicitar las subvenciones en materia de Cooperación Internacional correspondientes a 2024

Estos procesos discurren en dos convocatorias, la primera es para ‘Cooperación para el Desarrollo y Ayudas Humanitarias’ y la segunda para ‘Educación para el Desarrollo’

El Ayuntamiento de Chiclana, a través de la Delegación de Cooperación Internacional, pone en marcha las convocatorias públicas de subvenciones a proyectos en materia de Cooperación para el Desarrollo y Ayudas de Humanitarias, así como para Educación para el Desarrollo de 2024, a través de las que se concederán, en régimen de concurrencia competitiva, un total de 93.500 euros a organizaciones y entidades sin ánimo de lucro.

Ambas convocatorias se han publicado en el BOP de Cádiz número 130, con fecha 8 de julio de 2024, abriéndose el plazo de 30 días naturales para la presentación de solicitudes, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio.

Esta convocatoria pública se distribuye, por un lado, en proyectos en materia de Cooperación para el Desarrollo y Ayuda Humanitaria, que cuenta con un presupuesto de 85.700 euros, de los que hasta 75.200 euros son correspondientes a proyectos en materia de Cooperación para el Desarrollo y la cantidad de hasta 10.500 euros se destinan a proyectos en materia de Ayuda Humanitaria. Por otro lado, la convocatoria de subvenciones para proyectos en materia de Educación para el Desarrollo contará con hasta 7.800 euros.

Las organizaciones o entidades solicitantes podrán presentar como máximo dos proyectos por cada una de las líneas de la convocatoria de Cooperación para el Desarrollo y Ayudas de Humanitarias, y dos proyectos como máximo a la convocatoria de Educación para el Desarrollo.

Las solicitudes y la documentación exigidas deberán presentarse de forma electrónica, bien a través de la ventanilla virtual del Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera, www.chiclana.es/oficina-virtual/acceso-ventanilla-virtual/, bien a través de otro medio electrónico, de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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