viernes, marzo 29, 2024
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El personal sanitario de las mutuas de accidentes de trabajo en Andalucía queda a disposición de la Junta

La Junta de Andalucía ha ordenado la puesta a disposición de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud (SAS) del personal sanitario de las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social que operan en la comunidad autónoma para «cubrir las necesidades originadas por la crisis» del coronavirus Covid-19.

Así figura en una orden de la citada Consejería con fecha del pasado 15 de abril, que parte de la Orden SND/232/2020, de 15 de marzo, dictada por el Ministerio de Sanidad –en ejercicio de su condición de autoridad competente delegada en el estado de alarma decretado por el Gobierno central–, por la que se adoptaban medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.

El apartado octavo de dicha orden establecía la puesta a disposición de las comunidades autónomas de medios y recursos sanitarios de centros y establecimientos sanitarios privados, su personal y las mutuas de accidentes de trabajo, según recoge la orden de la Consejería de Salud, que explica que, el pasado 16 de marzo, la presidencia de la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo «puso formalmente a disposición de la comunidad autónoma de Andalucía los recursos sanitarios de las mutuas de accidente de trabajo que operan en su ámbito territorial».

La Consejería considera justificada la orden de poner a su disposición al personal sanitario de las mutuas porque entiende que existe «la necesidad de contar con los medios humanos y materiales» de éstas que «coadyuven a garantizar la adecuada asistencia sanitaria a la población afectada».

De acuerdo a esta orden, y «en el plazo máximo de cinco días» desde su publicación –este lunes, 20 de abril– en el BOJA, «las citadas mutuas remitirán a la Consejería de Salud y Familias, a través de la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo (AMAT), la relación de su personal sanitario en disposición de prestar servicio y, en particular», la relación de médicos especialistas, médicos generales, ATS- DUE y auxiliares de enfermería.

Según detalla la orden, el personal de las mutuas puesto a disposición «podrá ser llamado en cualquier momento para la prestación efectiva de sus servicios, a través de AMAT, efectuándose el correspondiente nombramiento especial por la Viceconsejería de Salud y Familias, o por la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud».

Dicho personal «podrá ser llamado para prestar servicios directamente en los centros de trabajo» de la Consejería de Salud y Familias y del SAS o sus agencias públicas empresariales adscritas o, «en su caso, continuar prestando servicios en las dependencias de la mutua de accidente de trabajo a la que preste servicios».

«En cualquiera de los dos casos, y en tanto dure la situación que motiva la presente orden, quedará bajo la dependencia directa de la Consejería de Salud y Familias o del Servicio Andaluz de Salud», según concreta la resolución del departamento que dirige Jesús Aguirre, que firma esta orden.

Al personal puesto a disposición «se le mantendrá vigente en todo caso, y a todos los efectos, el contrato de trabajo, el régimen de previsión social y cualesquiera otras previsiones, coberturas, beneficios, derechos u obligación que tuviera con anterioridad a su puesta a disposición».

Dichos trabajadores serán «igualmente compensados por la mutua correspondiente por la prestación de servicios fuera de su jornada de trabajo en la forma prevista en su contrato o convenio colectivo de aplicación», según abunda la orden, que también aclara que «se adoptarán las medidas para garantizar las seguridad y salud de dichos trabajadores en los mismos términos que las aplicadas al personal del Sistema Sanitario Público de Andalucía».

PUESTA A DISPOSICIÓN DE MEDIOS

De igual modo, la orden también establece que, para «cubrir las necesidades originadas por la crisis del Covid-19, las mutuas de accidentes de trabajo que operan en el ámbito de la comunidad de Andalucía podrán poner a disposición del Sistema Sanitario Público de Andalucía, de manera voluntaria, sus medios materiales, centros y establecimientos sanitarios».

A tal efecto, las mutuas remitirán a la Consejería de Salud y Familias, a través de la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo, «la relación de medios materiales, centros y establecimientos sanitarios susceptibles de ser puestos a disposición para cubrir las citadas necesidades».

Mediante resolución de la Viceconsejería de la Consejería de Salud y Familias o de la Gerencia del SAS «se concretarán los bienes, centros y establecimientos cuya utilización u ocupación se requiere», según concreta también la orden, que precisa además que, finalizada la vigencia de la misma, «en el plazo de siete días hábiles», la Administración de la Junta «procederá a la devolución de los medios materiales, centros y establecimientos sanitarios en el mismo estado en que le fueron puesto a disposición».

La Administración de la Junta de Andalucía «responderá de los eventuales daños que hubieran sufrido los bienes por su utilización para atender las necesidades originadas por la crisis del Covid-19, no asumiendo ninguna responsabilidad por el lucro cesante de las Mutuas ni por cualquier tipo de gasto de la mutua que, igualmente, se hubiera originado en el supuesto de no haber habido utilización u ocupación de bienes y establecimientos sanitarios», se puede leer también en la orden.

La presente orden producirá efectos a partir de este martes, 21 de abril –día siguiente a su publicación en el BOJA– y «durante todo el período de vigencia de la Orden SND/232/2020, de 15 de marzo».

Finalmente, la orden precisa, «en relación con el personal de la mutuas que, como consecuencia de la urgencia de las necesidades originadas por la crisis del Covid-19, hubiera comenzado a prestar servicios para el Sistema Sanitario Público de Andalucía con anterioridad a esta orden, su nombramiento se ajustará y tendrá los efectos previstos en la presente orden».

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